Argentina: ANAC implementa monitoreo continuo y actualiza normativas para la navegación aérea
La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) de Argentina aprobó un nuevo proceso para la observación continua de los servicios de navegación aérea, con el objetivo de reforzar la seguridad operacional en los aeródromos controlados del país. La medida, oficializada a través de la Resolución 13/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial, busca complementar los mecanismos existentes de inspección y auditoría.
Según los considerandos, este proceso permitirá una verificación diaria y estandarizada de los servicios, ajustándose a las particularidades de cada aeródromo, respondiendo a las recomendaciones de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), que promueve la implementación de sistemas de vigilancia continua para fortalecer la seguridad en la aviación civil.
La resolución también instruye a notificar a la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA), responsable de los servicios de navegación, y a garantizar la difusión del proceso mediante su publicación en el sitio web de la ANAC. Este mecanismo se integrará en las tareas de supervisión existentes, unificando los resultados en una gestión trazable y actualizada.
La ANAC destacó que esta iniciativa no solo busca reforzar los estándares de seguridad, sino también optimizar el monitoreo de los servicios de navegación aérea, adaptándose a las exigencias del sector y cumpliendo con las normativas nacionales e internacionales.
Ver documento: Proceso para la observación continua de los servicios de navegación aérea
Actualización normativa en gestión del tránsito aéreo
Por otra parte, la Resolución 9/2025 también publicada hoy en el Boletín Oficial introduce una enmienda a la Parte 211 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC), centrada en la gestión del tránsito aéreo. Esta actualización armoniza las regulaciones locales con la Enmienda 53 del Anexo 11 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, adoptada por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
Ver documento: Aprobación de la Enmienda de la Parte 211 - Gestión del Tránsito Aéreo” de las RAAC
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