Aeroméxico y Air France amplían su acuerdo de código compartido para pasajeros en tránsito a Estados Unidos
Aeroméxico y Aeroméxico Connect notificaron al Departamento de Transporte de EE.UU. (DOT) su intención de añadir el código de designación "AF*" de Air France a más rutas operadas por las aerolíneas mexicanas entre México y Estados Unidos. Esta acción se realiza bajo autorizaciones previas de código compartido en tránsito (expedientes DOT-OST-2019-0098 y DOT-OST-2018-0074).
El propósito de este código compartido es para pasajeros de Air France que viajan entre México y puntos en Europa o la Francia de ultramar, y que transitan por Estados Unidos. Según la documentación, Air France no tiene la intención de comercializar este servicio para pasajeros que viajen únicamente entre México y Estados Unidos.
Las rutas adicionales donde se mostrará el código AF* en vuelos operados por Aeroméxico (AM) son:
- Desde Ciudad de México (MEX) hacia: Boston (BOS), Chicago (ORD), Dallas (DFW), Denver (DEN), Houston (IAH), Los Angeles (LAX), Miami (MIA), Nueva York/Newark (EWR/JFK), San Francisco (SFO), Seattle (SEA), Washington DC (IAD).
- Desde Guadalajara (GDL) hacia: San Francisco (SFO), Chicago (ORD), Miami (MIA), Los Angeles (LAX), Denver (DEN).
- Desde Monterrey (MTY) hacia: Nueva York/Newark (EWR/JFK), Miami (MIA), Denver (DEN).
- Desde Manzanillo (ZLO) hacia: Los Ángeles (LAX).
- Desde Cancún (CUN) hacia: Miami (MIA).
Las rutas adicionales donde se mostrará el código AF* en vuelos operados por Aeroméxico Connect (5D) son:
- Desde Ciudad de México (MEX) hacia: Raleigh (RDU), Miami (MIA), Houston (IAH), Dallas (DFW).
- Desde Guadalajara (GDL) hacia: Atlanta (ATL).
- Desde Monterrey (MTY) hacia: Los Ángeles (LAX), Detroit (DTW), Atlanta (ATL).
- Desde Querétaro (QRO) hacia: Detroit (DTW), Atlanta (ATL).
- Desde León/El Bajío (BJX) hacia: Atlanta (ATL).
- Desde Manzanillo (ZLO) hacia: Atlanta (ATL).
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El documento presentado al DOT, con fecha del 26 de marzo de 2025, también incluía una solicitud de exención del requisito de notificación previa de 30 días para iniciar el servicio en estas nuevas rutas. Una anotación en el documento indica que dicha solicitud de exención fue aprobada el 14 de abril de 2025. Esta expansión opera bajo las autorizaciones existentes otorgadas por el DOT para el transporte de pasajeros en tránsito.
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